Te avisamos cuando cambie la normativa Verifactu

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Plazos de Verifactu: calendario y fechas límite

Tabla de contenido

El panorama de la facturación en España ha dado un giro importante. Tras meses de incertidumbre, el Gobierno ha unificado criterios y ha otorgado un margen adicional para que empresas y autónomos se adapten a la Ley Antifraude (Verifactu) y a la Ley Crea y Crece (Factura Electrónica).

En este artículo aclaramos las fechas definitivas tras el último aplazamiento y los requisitos que debes cumplir para evitar sanciones.

1. ¿Qué es Verifactu y por qué es una pieza clave?

Verifactu no es un impuesto, es un estándar técnico. Su objetivo es garantizar que el software de facturación no permita borrar ni manipular facturas una vez emitidas (el fin del «software de doble uso»).

La pieza clave es la Orden Ministerial de Verifactu, que actúa como el manual de instrucciones para los desarrolladores. En ella se detallan los requisitos que hacen que una factura sea «legal» bajo el nuevo sistema:

  • Registro inalterable: Cada factura genera un código único encadenado a la anterior.
  • Código QR: Obligatorio en todas las facturas (papel o PDF) para que el cliente pueda verificar su validez ante la AEAT.
  • Huella Digital (Hashing): Un sistema de firmas que impide cualquier modificación posterior sin dejar rastro.

2. ¿Por qué se han modificado los plazos de Verifactu?

Originalmente, el horizonte estaba fijado en julio de 2025 y luego en 2026. Sin embargo, el Real Decreto-ley 15/2025 (publicado a finales de 2025) confirmó el aplazamiento a 2027.

Los motivos principales fueron:

  1. Retraso técnico: Los desarrolladores necesitaban más tiempo desde la publicación de las especificaciones técnicas finales.
  2. Coordinación normativa: Se ha buscado que la entrada en vigor de Verifactu coincida mejor con el despliegue de la Factura Electrónica Obligatoria para evitar que los autónomos tengan que cambiar de sistema dos veces en un año.
verifactu plazos

3. Calendario general y fechas límite

Aquí es donde debes prestar atención. No todo el mundo tiene la misma fecha límite.

ColectivoObligaciónFecha Límite
Desarrolladores de SoftwareTener el software certificado y listo para el mercado.Mediados de 2026 (9 meses tras la Orden técnica)
Grandes Empresas (>8M€)Factura Electrónica B2B (Ley Crea y Crece).Ya en vigor / 2026
Empresas (Sociedades)Verifactu Obligatorio (Ley Antifraude).1 de enero de 2027
Autónomos y PymesVerifactu Obligatorio y Factura Electrónica.1 de julio de 2027

4. ¿A quién afecta realmente los plazos de Verifactu?

Si emites facturas usando un ordenador o una app, te afecta.

  • Obligados: Empresas y autónomos en territorio común (España) que utilicen sistemas informáticos de facturación.
  • Exentos: Aquellos que ya operan bajo el SII (Suministro Inmediato de Información) o en el País Vasco bajo el sistema TicketBAI, que cuenta con sus propios plazos ya activos.

5. ¿Qué pasa si no cumplo los plazos? (Sanciones)

La Agencia Tributaria ha endurecido las multas para asegurar la adopción del sistema:

  • Para el usuario (Empresa/Autónomo): Poseer un software de facturación que no cumpla con los requisitos (aunque no se use para defraudar) puede conllevar multas de hasta 50.000€.
  • Para el desarrollador: Comercializar software no certificado puede suponer multas de hasta 150.000€ por año de ventas.

Conclusión: ¿Por qué empezar ahora si es para 2027?

Aunque 2027 parezca lejano, el proceso de digitalización no es instantáneo. Los desarrolladores de SW, ya están trabajando en estas actualizaciones durante este 2026.

Llegar a la fecha límite sin los deberes hechos supondrá colas en las asesorías, errores en la migración de datos y el riesgo de sanciones elevadas. Aprovecha este «tiempo extra» para asegurarte de que tu negocio está blindado digitalmente.

Preguntas Frecuentes

Verifactu es el nuevo sistema de control y registro de facturación impulsado por la Agencia Tributaria para garantizar la integridad, trazabilidad y transparencia de todas las operaciones económicas de autónomos y empresas. Su objetivo es evitar manipulaciones en los datos contables, asegurar que cada factura emitida cumple estándares técnicos muy concretos y permitir un mayor control fiscal automatizado. Los programas de facturación compatibles deben generar un registro de cada factura y remitírselo a Hacienda o mantenerlo preparado para enviarlo cuando sea requerido. Verifactu forma parte del proceso de digitalización tributaria que se está implantando en toda España.

Aunque la normativa de Verifactu ya está aprobada, su obligatoriedad depende del calendario que establezca el Ministerio de Hacienda en la orden ministerial pendiente de publicación definitiva. La previsión general es que entre en vigor durante 2025–2026, con un periodo transitorio para que autónomos, empresas y proveedores de software adapten sus sistemas de facturación. Una vez fijada la fecha exacta, todos los negocios deberán utilizar programas que cumplan el estándar Verifactu. Es recomendable anticiparse y empezar a implementar soluciones compatibles cuanto antes para evitar prisas, errores y posibles sanciones cuando la norma sea plenamente exigible.

Verifactu aplica a todos los autónomos y empresas que emiten facturas en España, independientemente de su tamaño, sector o volumen de ingresos. Afecta tanto a profesionales que facturan directamente a clientes finales como a aquellos que trabajan para otras empresas, así como a negocios que usan software propio o plantillas manuales. También deben cumplir la norma los desarrolladores y proveedores de programas de facturación, quienes deben adaptar sus soluciones para generar registros seguros, firmados y trazables. En la práctica, cualquier persona o entidad que genere una factura deberá ajustarse al estándar Verifactu salvo excepciones muy concretas definidas por Hacienda.

El incumplimiento de Verifactu puede conllevar sanciones económicas importantes. Las multas incluyen penalizaciones por utilizar software no adaptado, manipular registros o impedir la correcta generación y conservación de los datos exigidos. Hacienda establece sanciones que pueden superar los 50.000 €, especialmente si se considera que el software permite ocultar ingresos o alterar la facturación. Además, no disponer del sistema compatible cuando sea obligatorio puede implicar sanciones por cada ejercicio o periodo incumplido. La norma pretende asegurar que todas las operaciones quedan registradas sin posibilidad de modificación, por lo que la prevención y la correcta adaptación tecnológica son esenciales.