Te avisamos cuando cambie la normativa Verifactu

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Relación entre Verifactu y el SII

Tabla de contenido

En el ecosistema tributario español actual (2026-2027), coexisten dos grandes mecanismos de control digital de la facturación: el Suministro Inmediato de Información (SII) y el nuevo sistema Verifactu. Aunque ambos comparten el objetivo de reducir el fraude y digitalizar la relación con la Hacienda Pública, operan bajo filosofías distintas y se dirigen a perfiles de contribuyentes diferentes. Comprender su interacción es vital para evitar duplicidades de trabajo y sanciones administrativas.

¿Qué es el SII y cómo funciona?

El Suministro Inmediato de Información (SII), en vigor desde 2017, es un sistema de gestión de los libros registro del IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT.

Funcionamiento Core:

A diferencia de los sistemas tradicionales, el SII obliga a enviar el detalle de las facturas (no la factura física en PDF) en un plazo muy breve.

  • Plazo: 4 días naturales desde la expedición de la factura (o desde su registro contable en el caso de las recibidas).
  • Alcance: No solo afecta a las facturas emitidas, sino también a las recibidas, bienes de inversión y determinadas operaciones intracomunitarias.
  • Libros Registro: El SII construye los Libros Registro de IVA del contribuyente en tiempo real en la web de Hacienda, eliminando la obligación de presentar modelos informativos como el 347 (operaciones con terceros), 340 o 390.

Diferencias entre SII y Verifactu

Es común confundirlos, pero sus obligaciones y el «momento» en que actúan son distintos:

CaracterísticaSII (Suministro Inmediato)Verifactu (Reglamento SIF)
Foco PrincipalGestión del IVA y libros registro.Integridad y seguridad de la factura.
Facturas afectadasEmitidas y Recibidas.Solo Emitidas (expedidas).
Plazo de envío4 días (casi tiempo real).Instantáneo (si se opta por envío).
Requisito de SoftwareConexión técnica con la AEAT.Certificación / Declaración Responsable.
Código QRNo obligatorio en la factura.Obligatorio en todas las facturas.
Perfil de empresaGrandes empresas y grupos de IVA.Pymes y autónomos (microempresas).

La diferencia de concepto:

El SII es un sistema de reporte fiscal (le digo a Hacienda lo que he hecho). Verifactu es un sistema de seguridad en la generación (Hacienda se asegura de que lo que estoy haciendo no se puede borrar ni manipular).

¿Cómo conviven el SII y Verifactu en una empresa?

La normativa ha sido diseñada para que, por regla general, no haya duplicidad obligatoria.

  • Exclusión Mutua: Las empresas que ya están obligadas al SII (grandes empresas con facturación > 6M €, grupos de IVA o inscritos en el REDEME) están exentas de cumplir con los requisitos técnicos de Verifactu. Hacienda considera que el control del SII ya es lo suficientemente estricto.
  • El Salto de Pyme a Gran Empresa: Si una empresa que usa Verifactu crece y supera los 6 millones de euros de facturación, pasará a estar obligada al SII. En ese momento, dejará de aplicar Verifactu para pasar al régimen de reporte de libros registro cada 4 días.
  • Convivencia de Factura Electrónica: Ambos sistemas convivirán con la Ley Crea y Crece (Factura Electrónica B2B). Mientras Verifactu y SII informan a Hacienda, la Factura Electrónica regula cómo se envían los datos entre clientes y proveedores.

¿Qué software cumple con SII y Verifactu?

Para el administrador de una empresa, lo ideal es contar con un software que sea híbrido.

  • SaaS «modernos»: Están diseñados nativamente para Verifactu (generación de QR, hash y encadenamiento). Muchos de ellos ofrecen módulos adicionales para conectar con el SII si la empresa crece.
  • ERPs de Gama Media/Alta: Estas herramientas ya cumplen con el SII desde hace años y están actualizando sus motores de impresión y registro para incorporar los requisitos de Verifactu (trazabilidad y firma de registros) para sus clientes más pequeños.
  • Requisito Indispensable: Sea cual sea el software, en 2027 debe contar con la Declaración Responsable. Si usas un sistema para el SII, asegúrate de que también sea capaz de generar el formato estructurado de factura electrónica que exige la Ley Crea y Crece, ya que Hacienda cruzará los datos de ambos mundos.

Conclusión para el empresario sobre Verifactu y SII

Si tu empresa factura menos de 6 millones de euros y no estás en el REDEME, tu mundo es Verifactu. Si superas esa cifra, tu mundo es el SII. La clave es elegir una herramienta que te permita transitar de uno a otro sin cambiar de interfaz, garantizando que la «gasolina» de tu negocio (los datos) fluya sin errores hacia la Administración.

Preguntas Frecuentes

Verifactu es el nuevo sistema de control y registro de facturación impulsado por la Agencia Tributaria para garantizar la integridad, trazabilidad y transparencia de todas las operaciones económicas de autónomos y empresas. Su objetivo es evitar manipulaciones en los datos contables, asegurar que cada factura emitida cumple estándares técnicos muy concretos y permitir un mayor control fiscal automatizado. Los programas de facturación compatibles deben generar un registro de cada factura y remitírselo a Hacienda o mantenerlo preparado para enviarlo cuando sea requerido. Verifactu forma parte del proceso de digitalización tributaria que se está implantando en toda España.

Aunque la normativa de Verifactu ya está aprobada, su obligatoriedad depende del calendario que establezca el Ministerio de Hacienda en la orden ministerial pendiente de publicación definitiva. La previsión general es que entre en vigor durante 2025–2026, con un periodo transitorio para que autónomos, empresas y proveedores de software adapten sus sistemas de facturación. Una vez fijada la fecha exacta, todos los negocios deberán utilizar programas que cumplan el estándar Verifactu. Es recomendable anticiparse y empezar a implementar soluciones compatibles cuanto antes para evitar prisas, errores y posibles sanciones cuando la norma sea plenamente exigible.

Verifactu aplica a todos los autónomos y empresas que emiten facturas en España, independientemente de su tamaño, sector o volumen de ingresos. Afecta tanto a profesionales que facturan directamente a clientes finales como a aquellos que trabajan para otras empresas, así como a negocios que usan software propio o plantillas manuales. También deben cumplir la norma los desarrolladores y proveedores de programas de facturación, quienes deben adaptar sus soluciones para generar registros seguros, firmados y trazables. En la práctica, cualquier persona o entidad que genere una factura deberá ajustarse al estándar Verifactu salvo excepciones muy concretas definidas por Hacienda.

El incumplimiento de Verifactu puede conllevar sanciones económicas importantes. Las multas incluyen penalizaciones por utilizar software no adaptado, manipular registros o impedir la correcta generación y conservación de los datos exigidos. Hacienda establece sanciones que pueden superar los 50.000 €, especialmente si se considera que el software permite ocultar ingresos o alterar la facturación. Además, no disponer del sistema compatible cuando sea obligatorio puede implicar sanciones por cada ejercicio o periodo incumplido. La norma pretende asegurar que todas las operaciones quedan registradas sin posibilidad de modificación, por lo que la prevención y la correcta adaptación tecnológica son esenciales.