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El nuevo calendario de Verifactu: guía tras el aplazamiento a 2027

Tabla de contenido

Introducción: un respiro en la carrera digital

El ecosistema empresarial español estaba conteniendo el aliento ante la inminente llegada del sistema Verifactu. Sin embargo, el reciente anuncio oficial de retrasar las fechas clave ha cambiado el tablero. Este aplazamiento ha generado un sentimiento mixto: alivio por el tiempo extra y confusión sobre las nuevas obligaciones.

En verifactu.com, hemos analizado los cambios del Real Decreto-ley 11/2024 para ofreceros este informe detallado sobre qué esperar, cuándo actuar y por qué el horizonte de 2027 es ahora la fecha marcada en rojo en el calendario.

I. ¿Qué ha pasado realmente? El origen del aplazamiento

El Reglamento Verifactu fue aprobado a finales de 2023, pero la pieza técnica que faltaba —la Orden Ministerial de Especificaciones Técnicas— se ha demorado más de lo previsto. Al ser un cambio que afecta a millones de autónomos, la Administración ha decidido otorgar un plazo razonable de adaptación.

El nuevo marco temporal definitivo

Tras las últimas actualizaciones legales, los plazos quedan configurados de la siguiente manera:

  • Para las empresas de Software: La normativa decía inicialmente julio de 2025, pero al retrasarse la Orden Ministerial, ese plazo se movió. Actualmente, se establece que los desarrolladores debemos tener el software listo 9 meses después de que se apruebe la Orden Técnica. Como esa orden se ha demorado, el horizonte para que el software esté certificado se sitúa ahora en 2026.
  • Para Empresas y Autónomos (Usuarios finales): La obligatoriedad de emitir facturas con sistemas Verifactu se desplaza oficialmente al 1 de enero de 2027.

II. Los tres pilares que NO cambian

A pesar del cambio de fechas, la esencia de la ley se mantiene intacta. El «qué» sigue siendo el mismo; solo ha cambiado el «cuándo». Estos son los tres pilares que vuestro sistema de facturación deberá cumplir:

1. El principio de inalterabilidad (SIF)

Los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) deben garantizar que, una vez emitida una factura, esta no pueda ser borrada ni modificada sin dejar un rastro de auditoría. Cualquier corrección deberá hacerse mediante facturas rectificativas.

2. El encadenamiento de registros (Hash)

Cada factura generada llevará una huella digital única (Hash) que incluirá parte de la información de la factura anterior. Esto crea una cadena irrompible; si se altera un registro, la cadena se rompe y la inspección tributaria lo detectará automáticamente.

3. El Código QR y el cotejo ciudadano

Todas las facturas deberán incluir un código QR. Esto permitirá que vuestros clientes puedan escanearlo y verificar en la sede electrónica de la AEAT que la factura ha sido registrada correctamente, fomentando la transparencia total.

III. Verifactu vs. Facturación Electrónica B2B (Ley Crea y Crece)

Es vital no confundir Verifactu con la Factura Electrónica obligatoria de la Ley Crea y Crece. Aunque son leyes distintas, ambas convergerán en vuestra gestión diaria:

CaracterísticaVerifactuLey Crea y Crece (Factura E)
ObjetivoControl fiscal y evitar el fraude.Reducir la morosidad comercial.
A quién afectaA todos (incluidos tickets a particulares).Solo a operaciones entre empresas/autónomos (B2B).
Requisito ClaveRegistro inalterable y código QR.Intercambio de ficheros XML estructurados.
Fecha Obligatoria1 de enero de 2027.Pendiente de reglamento (previsible 2026/27).

IV. ¿Por qué el aplazamiento a 2027 es una oportunidad?

Muchos verán este retraso como una excusa para posponer el cambio. Sin embargo, el autónomo inteligente utilizará este tiempo para una transición sin estrés:

  1. Transición sin multas: Adaptarse ahora permite familiarizarse con el nuevo flujo de trabajo sin la presión de sanciones inmediatas.
  2. Limpieza y orden: Es el momento ideal para digitalizar vuestra base de clientes y productos. Llegar a 2027 con los deberes hechos os ahorrará el caos que sufrirán quienes esperen al último minuto.
  3. Conexión con la Asesoría: El tiempo extra permite establecer un flujo digital sólido con vuestro asesor. Para cuando llegue 2027, el envío de datos será un proceso invisible y automático.

El mensaje final es claro: el Excel y el papel tienen una fecha de caducidad definitiva: el 1 de enero de 2027. Aquellos que aprovechen este margen para digitalizarse de forma pausada ganarán en tranquilidad y control sobre su negocio.


Este artículo ha sido actualizado según el Real Decreto-ley 11/2024. En verifactu.com seguimos monitorizando cada cambio legal para mantenerte informado.

Preguntas Frecuentes

Verifactu es el nuevo sistema de control y registro de facturación impulsado por la Agencia Tributaria para garantizar la integridad, trazabilidad y transparencia de todas las operaciones económicas de autónomos y empresas. Su objetivo es evitar manipulaciones en los datos contables, asegurar que cada factura emitida cumple estándares técnicos muy concretos y permitir un mayor control fiscal automatizado. Los programas de facturación compatibles deben generar un registro de cada factura y remitírselo a Hacienda o mantenerlo preparado para enviarlo cuando sea requerido. Verifactu forma parte del proceso de digitalización tributaria que se está implantando en toda España.

Aunque la normativa de Verifactu ya está aprobada, su obligatoriedad depende del calendario que establezca el Ministerio de Hacienda en la orden ministerial pendiente de publicación definitiva. La previsión general es que entre en vigor durante 2025–2026, con un periodo transitorio para que autónomos, empresas y proveedores de software adapten sus sistemas de facturación. Una vez fijada la fecha exacta, todos los negocios deberán utilizar programas que cumplan el estándar Verifactu. Es recomendable anticiparse y empezar a implementar soluciones compatibles cuanto antes para evitar prisas, errores y posibles sanciones cuando la norma sea plenamente exigible.

Verifactu aplica a todos los autónomos y empresas que emiten facturas en España, independientemente de su tamaño, sector o volumen de ingresos. Afecta tanto a profesionales que facturan directamente a clientes finales como a aquellos que trabajan para otras empresas, así como a negocios que usan software propio o plantillas manuales. También deben cumplir la norma los desarrolladores y proveedores de programas de facturación, quienes deben adaptar sus soluciones para generar registros seguros, firmados y trazables. En la práctica, cualquier persona o entidad que genere una factura deberá ajustarse al estándar Verifactu salvo excepciones muy concretas definidas por Hacienda.

El incumplimiento de Verifactu puede conllevar sanciones económicas importantes. Las multas incluyen penalizaciones por utilizar software no adaptado, manipular registros o impedir la correcta generación y conservación de los datos exigidos. Hacienda establece sanciones que pueden superar los 50.000 €, especialmente si se considera que el software permite ocultar ingresos o alterar la facturación. Además, no disponer del sistema compatible cuando sea obligatorio puede implicar sanciones por cada ejercicio o periodo incumplido. La norma pretende asegurar que todas las operaciones quedan registradas sin posibilidad de modificación, por lo que la prevención y la correcta adaptación tecnológica son esenciales.