Introducción: un respiro en la carrera digital
El ecosistema empresarial español estaba conteniendo el aliento ante la inminente llegada del sistema Verifactu. Sin embargo, el reciente anuncio oficial de retrasar las fechas clave ha cambiado el tablero. Este aplazamiento ha generado un sentimiento mixto: alivio por el tiempo extra y confusión sobre las nuevas obligaciones.
En verifactu.com, hemos analizado los cambios del Real Decreto-ley 11/2024 para ofreceros este informe detallado sobre qué esperar, cuándo actuar y por qué el horizonte de 2027 es ahora la fecha marcada en rojo en el calendario.
I. ¿Qué ha pasado realmente? El origen del aplazamiento
El Reglamento Verifactu fue aprobado a finales de 2023, pero la pieza técnica que faltaba —la Orden Ministerial de Especificaciones Técnicas— se ha demorado más de lo previsto. Al ser un cambio que afecta a millones de autónomos, la Administración ha decidido otorgar un plazo razonable de adaptación.
El nuevo marco temporal definitivo
Tras las últimas actualizaciones legales, los plazos quedan configurados de la siguiente manera:
- Para las empresas de Software: La normativa decía inicialmente julio de 2025, pero al retrasarse la Orden Ministerial, ese plazo se movió. Actualmente, se establece que los desarrolladores debemos tener el software listo 9 meses después de que se apruebe la Orden Técnica. Como esa orden se ha demorado, el horizonte para que el software esté certificado se sitúa ahora en 2026.
- Para Empresas y Autónomos (Usuarios finales): La obligatoriedad de emitir facturas con sistemas Verifactu se desplaza oficialmente al 1 de enero de 2027.
II. Los tres pilares que NO cambian
A pesar del cambio de fechas, la esencia de la ley se mantiene intacta. El «qué» sigue siendo el mismo; solo ha cambiado el «cuándo». Estos son los tres pilares que vuestro sistema de facturación deberá cumplir:
1. El principio de inalterabilidad (SIF)
Los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) deben garantizar que, una vez emitida una factura, esta no pueda ser borrada ni modificada sin dejar un rastro de auditoría. Cualquier corrección deberá hacerse mediante facturas rectificativas.
2. El encadenamiento de registros (Hash)
Cada factura generada llevará una huella digital única (Hash) que incluirá parte de la información de la factura anterior. Esto crea una cadena irrompible; si se altera un registro, la cadena se rompe y la inspección tributaria lo detectará automáticamente.
3. El Código QR y el cotejo ciudadano
Todas las facturas deberán incluir un código QR. Esto permitirá que vuestros clientes puedan escanearlo y verificar en la sede electrónica de la AEAT que la factura ha sido registrada correctamente, fomentando la transparencia total.
III. Verifactu vs. Facturación Electrónica B2B (Ley Crea y Crece)
Es vital no confundir Verifactu con la Factura Electrónica obligatoria de la Ley Crea y Crece. Aunque son leyes distintas, ambas convergerán en vuestra gestión diaria:
| Característica | Verifactu | Ley Crea y Crece (Factura E) |
| Objetivo | Control fiscal y evitar el fraude. | Reducir la morosidad comercial. |
| A quién afecta | A todos (incluidos tickets a particulares). | Solo a operaciones entre empresas/autónomos (B2B). |
| Requisito Clave | Registro inalterable y código QR. | Intercambio de ficheros XML estructurados. |
| Fecha Obligatoria | 1 de enero de 2027. | Pendiente de reglamento (previsible 2026/27). |
IV. ¿Por qué el aplazamiento a 2027 es una oportunidad?
Muchos verán este retraso como una excusa para posponer el cambio. Sin embargo, el autónomo inteligente utilizará este tiempo para una transición sin estrés:
- Transición sin multas: Adaptarse ahora permite familiarizarse con el nuevo flujo de trabajo sin la presión de sanciones inmediatas.
- Limpieza y orden: Es el momento ideal para digitalizar vuestra base de clientes y productos. Llegar a 2027 con los deberes hechos os ahorrará el caos que sufrirán quienes esperen al último minuto.
- Conexión con la Asesoría: El tiempo extra permite establecer un flujo digital sólido con vuestro asesor. Para cuando llegue 2027, el envío de datos será un proceso invisible y automático.
El mensaje final es claro: el Excel y el papel tienen una fecha de caducidad definitiva: el 1 de enero de 2027. Aquellos que aprovechen este margen para digitalizarse de forma pausada ganarán en tranquilidad y control sobre su negocio.
Este artículo ha sido actualizado según el Real Decreto-ley 11/2024. En verifactu.com seguimos monitorizando cada cambio legal para mantenerte informado.