La entrada en vigor de VeriFactu no es solo una cuestión técnica de facturación. Para las sociedades mercantiles, implica un cambio profundo en la forma en que se genera, conserva y transmite la información fiscal. Y ese cambio tiene consecuencias directas sobre el Impuesto de Sociedades, el cierre contable anual y la relación con la Agencia Tributaria. Si tu empresa tributa por el IS, entender esta conexión no es opcional: es una necesidad práctica antes de que la obligación entre en vigor.
Por qué el Impuesto de Sociedades marca la fecha clave de VeriFactu
El sistema VeriFactu, regulado por el Real Decreto 1007/2023, establece que los programas informáticos de facturación deben cumplir con requisitos de integridad, conservación e inalterabilidad de los registros de facturación. La Agencia Tributaria fija el 1 de enero de 2026 como fecha límite para que los fabricantes de software adapten sus soluciones, y el 1 de enero de 2027 como plazo máximo para que las empresas obligadas estén operando con sistemas conformes.
Este calendario no es casual. Coincide con los ciclos de declaración del Impuesto de Sociedades, cuyo modelo 200 se presenta en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio. Para la mayoría de sociedades con ejercicio fiscal coincidente con el año natural, eso significa presentar el IS en julio del año siguiente. Así, las primeras declaraciones del IS que deberán sustentarse íntegramente en datos generados bajo VeriFactu serán las correspondientes al ejercicio 2026, a presentar en julio de 2027.
Esto convierte el cierre fiscal de 2026 en el primer examen real del sistema. Y cuanto antes empiece a prepararse tu empresa, menores serán los riesgos.
Cómo afecta VeriFactu al cierre contable de tu empresa
El cierre contable es el proceso mediante el cual la empresa cuadra sus cuentas al final del ejercicio, calcula el resultado del período y prepara la base imponible del Impuesto de Sociedades. VeriFactu introduce novedades que afectan directamente a este proceso en varios puntos.
En primer lugar, la trazabilidad de las facturas emitidas es ahora irrenunciable. El sistema genera un registro de cada factura con un código identificador, una huella digital (hash encadenado) y, si se opta por el modo VeriFactu propiamente dicho, la remisión automática de ese registro a la AEAT. Esto implica que cada factura queda vinculada a un momento temporal verificable, lo que elimina la posibilidad de alterar retroactivamente el libro de facturas emitidas.
Desde el punto de vista contable, esto tiene consecuencias inmediatas:
- Las facturas no pueden modificarse una vez registradas sin dejar rastro. Cualquier corrección debe hacerse mediante factura rectificativa, con su propio registro en el sistema.
- El número y orden de las facturas queda fijado de forma inalterable, lo que facilita las comprobaciones cruzadas por parte de Hacienda.
- Los ajustes contables de fin de ejercicio (periodificaciones, provisiones, facturas pendientes de emitir) deben coordinarse con el sistema de facturación para evitar discrepancias.
En la práctica, esto significa que el departamento de administración y el asesor contable deben trabajar de forma más coordinada a lo largo del año, sin dejar las revisiones para el último trimestre.
Relación entre los registros VeriFactu y el modelo 200
El modelo 200 es la declaración anual del Impuesto de Sociedades. En él, la empresa declara su resultado contable, aplica los ajustes fiscales previstos en la Ley del Impuesto sobre Sociedades y determina su cuota a pagar o a devolver. La información de partida de este modelo proviene, en gran medida, de la contabilidad, y la contabilidad se nutre de las facturas emitidas y recibidas.
Con VeriFactu, la Agencia Tributaria dispone, en tiempo real o de forma diferida, de los registros de facturación de las empresas que operan en modo remisión. Esto crea una situación nueva: Hacienda puede contrastar los datos del modelo 200 con los registros de facturación antes incluso de que se produzca una inspección formal.
Las implicaciones son concretas:
- Si el volumen de ingresos declarado en el IS no cuadra con las facturas emitidas registradas en VeriFactu, la discrepancia puede generar un requerimiento de información o una comprobación limitada.
- Las facturas rectificativas o anulaciones que no estén correctamente registradas en el sistema pueden ser interpretadas como inconsistencias en la declaración.
- Las operaciones interempresariales (entre partes vinculadas o entre empresas del mismo grupo) quedan también trazadas, lo que refuerza el control sobre los precios de transferencia.
No se trata de que VeriFactu sustituya al modelo 200, sino de que ambos sistemas alimentan una visión más completa de la situación fiscal de la empresa. La coherencia entre los registros de facturación y la declaración del IS deja de ser un requisito formal para convertirse en una necesidad práctica.
Qué debe revisar tu asesor fiscal antes del 1 de enero de 2027
Si tu empresa utiliza los servicios de un asesor fiscal o una gestoría, es fundamental que antes de la fecha límite de implantación se hayan revisado los siguientes aspectos:
- Compatibilidad del software de facturación. El programa que usa tu empresa para emitir facturas debe estar homologado o adaptado a los requisitos del Real Decreto 1007/2023. Si no lo está, el asesor debe orientarte sobre las alternativas disponibles, incluyendo las soluciones gratuitas que la AEAT pondrá a disposición de los contribuyentes.
- Revisión del flujo de facturación. El proceso interno de emisión, corrección y anulación de facturas debe adaptarse a la lógica del sistema VeriFactu. Los procedimientos que antes eran flexibles ahora deben ser más rigurosos.
- Sincronización entre contabilidad y facturación. Las bases de datos de facturación y contabilidad deben estar sincronizadas para evitar que los registros de VeriFactu y los libros contables presenten discrepancias en el momento del cierre.
- Formación del personal administrativo. Las personas que emiten facturas en la empresa deben entender las implicaciones del sistema: no se puede modificar una factura ya registrada, las correcciones requieren un proceso específico y el orden de emisión es relevante.
- Revisión de las obligaciones según el tipo de empresa. No todas las empresas tienen las mismas obligaciones bajo VeriFactu. Las grandes empresas ya sujetas al SII (Suministro Inmediato de Información) tienen un régimen diferente. Tu asesor debe confirmar qué régimen aplica a tu caso concreto.
Errores frecuentes al combinar VeriFactu con la declaración del IS
La experiencia en la implantación de sistemas similares, como el propio SII, permite anticipar algunos errores que las empresas cometen al integrar un nuevo sistema de facturación con sus obligaciones fiscales. En el contexto de VeriFactu y el Impuesto de Sociedades, los más habituales son:
- No actualizar el software a tiempo. Esperar al último momento para adaptar el programa de facturación puede provocar que el cierre del ejercicio 2026 se realice con un sistema no conforme, lo que genera problemas de validez en los registros.
- Confundir VeriFactu con el SII. Son sistemas distintos, con obligados diferentes y funcionamientos diferentes. Las empresas que ya usan el SII no están automáticamente exentas de VeriFactu, aunque existen matices normativos que debe aclarar el asesor.
- No registrar correctamente las facturas rectificativas. Una factura rectificativa mal generada puede crear una inconsistencia entre los ingresos declarados en el IS y los registros de VeriFactu. Este es uno de los puntos que la AEAT tiene más fácil para detectar discrepancias.
- Ignorar las facturas simplificadas. Las facturas simplificadas (tickets) también están sujetas al sistema cuando superan ciertos importes o cuando el destinatario es un empresario o profesional. No incluirlas en el registro puede distorsionar la base imponible.
- Asumir que VeriFactu garantiza el cumplimiento fiscal automático. El sistema garantiza la integridad de los registros de facturación, pero no sustituye la revisión contable y fiscal que requiere el cierre del ejercicio. Ambas tareas son complementarias, no excluyentes.
Conclusión
VeriFactu y el Impuesto de Sociedades están más conectados de lo que puede parecer a primera vista. Los registros de facturación que genera el nuevo sistema serán la base sobre la que se sustente la información fiscal de tu empresa en las próximas declaraciones del IS. Cuanto más coherente sea esa información con los datos declarados en el modelo 200, menor será el riesgo de requerimientos, comprobaciones o sanciones.
La clave está en no tratar VeriFactu como un trámite técnico aislado, sino como una pieza más del engranaje fiscal de tu empresa. Hablar con tu asesor ahora, revisar tu software de facturación y formar a tu equipo administrativo son acciones concretas que pueden ahorrarte problemas significativos cuando llegue el momento de presentar las primeras declaraciones del IS bajo el nuevo sistema.